Te Corresponde

Calculá tu
indemnización

Estimá cuánto te correspondería por un despido sin causa. Son tres datos y lo tenés al instante.

Qué incluye el cálculo

Esta calculadora estima la liquidación final completa por un despido sin causa en Argentina a partir de tu fecha de ingreso, tu fecha de despido y tu mejor sueldo bruto. Suma los nueve rubros que te corresponden por ley:

No incluye otros rubros indemnizatorios que se pueden reclamar según el caso (por ejemplo, trabajo no registrado o parcialmente registrado, despido discriminatorio). Es una estimación orientativa: el convenio, los topes legales y la registración pueden cambiar el número final.

Preguntas frecuentes

Sobre el número

¿Esto es lo que voy a cobrar?

No. Es lo que la ley prevé para un despido sin causa con los datos que cargaste. Lo que se termina cobrando depende de cómo fue la desvinculación, de cómo estabas registrado y de qué se pueda probar. Para saberlo hay que ver tu caso.

¿Qué es la "mejor remuneración bruta"?

El sueldo bruto más alto que cobraste, antes de los descuentos. Si te pagaban una parte por fuera del recibo, cargá sólo lo que figura en el recibo: lo otro lo vemos aparte.

¿Qué incluye el cálculo?

La indemnización por antigüedad, el preaviso, la integración del mes, los días trabajados, el SAC proporcional, las vacaciones y los aguinaldos sobre cada uno de esos conceptos. Es la liquidación final completa.

¿Qué diferencia hay entre la indemnización y la liquidación final?

La liquidación final es todo lo que te tienen que pagar cuando termina la relación: salarios pendientes, días trabajados, SAC y vacaciones. La indemnización es un concepto aparte, que corresponde según cómo haya terminado el vínculo. La indemnización forma parte de la liquidación final, pero no son lo mismo. Por eso, cuando te dan una liquidación, no alcanza con mirar el total.

Sobre tu situación

Estoy en período de prueba. ¿Me corresponde algo?

El período de prueba son los primeros seis meses. Durante ese tiempo te pueden desvincular sin causa y no corresponde la indemnización por antigüedad. Sí te corresponden los días trabajados que no te pagaron, el SAC proporcional y las vacaciones proporcionales. Si estás en período de prueba, el número de arriba no es el tuyo: escribinos y lo vemos.

Trabajaba en negro. ¿Tengo derechos igual?

Sí. Que no hayas estado registrado no significa que hayas perdido tus derechos laborales. Lo importante es poder acreditar que existió la relación de trabajo. Para eso pueden servir mensajes, transferencias, comprobantes, recibos, horarios y, especialmente, testigos. Cada caso es diferente. Contanos qué pasó y qué documentación tenés.

Me pagaban una parte en blanco y otra en negro. ¿Cambia algo?

Sí. Si una parte de tu sueldo no figuraba en el recibo, la relación laboral podría estar mal registrada. Esto puede influir en el cálculo de conceptos como salarios, vacaciones, aguinaldo e indemnización. Por eso, el cálculo que vos puedas hacer quizás no refleje lo que realmente te podría corresponder. Contanos cuánto cobrabas realmente y revisamos tu caso.

Me despidieron de palabra, sin nada por escrito.

Pasa seguido y no perdés tus derechos. El problema es otro: dejar constancia de que fue el empleador quien terminó la relación, para que después no digan que abandonaste el trabajo. No dejes pasar los días y no dejes de ir a trabajar sin consultar antes.

Firmé la renuncia presionado o me están presionando para que lo haga

La renuncia tiene que ser libre y voluntaria. Si hubo amenazas, engaño o intimidación, se puede cuestionar. Pero haber sentido presión no alcanza por sí solo: hay que ver qué te dijeron, quién, cuándo y qué firmaste. Guardá los mensajes y los audios.

Me ofrecen un acuerdo. ¿Me conviene?

Eso no te lo puede contestar una calculadora. No alcanza con saber cuánto te ofrecen: hay que ver si la fecha de ingreso, el sueldo y la categoría registrados son correctos, y si quedaron conceptos sin pagar. Si te dieron un plazo para aceptar, decínoslo cuando escribas.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Como regla general, dos años desde la desvinculación. Pero el plazo se cuenta distinto según qué reclames, y hay trámites que lo modifican. No conviene esperar al límite.